Salud Ocupacional
Enmarcada dentro del proceso grupo talento humano, principalmente su objetivo se direcciona al cumplimiento de la normatividad establecida y a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
La principal función es la realización del programa de salud ocupacional de obligatorio cumplimiento según el decreto 614 de 1994 y la resolución 1016 de 1989, que requiere el acatamiento de las siguientes actividades.
- Actividades de medicina preventiva.
- Actividades de medicina del trabajo.
- Actividades de higiene y seguridad industrial.
- Conformación, asesoría y apoyo al comité paritario de salud ocupacional.
La administración del programa de salud ocupacional del ITFIP conlleva a la ejecución del documento general o marco de la salud ocupacional, constituido por el plan de emergencias (incluye conformación y capacitación de las brigadas), el panorama de factores de riesgo, el diagnóstico de condiciones de riesgo psicolaboral – psicosocial en mejoramiento del clima organizacional, un sistema de vigilancia epidemiológica para riesgo ergonómico, la realización de exámenes de ingreso, periódicos y de retiro, conformación, asesoría y apoyo al comité paritario de salud ocupacional, diagnóstico de condiciones de salud, reglamento de higiene y seguridad industrial, política de salud ocupacional y la preocupación constante por el bienestar social, psicológico y físico de los empleados. Intervenido y enfocado de esta manera, se pretende incidir sobre el núcleo laboral para tratar de convertirlo en un facilitador y potencializador de la salud
Lo anterior se realiza con fundamento en la normatividad actual, pensando siempre en la calidad de vida laboral y en el mejoramiento de los procesos basados en los principios de protección, seguridad, ambiente óptimo y que un funcionario “feliz y saludable aumenta notablemente su capacidad de trabajo”.